Hoy compartimos con vosotros una noticia sobre la protección de datos en España.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 70.000 euros a una empresa de mensajería por entregar un paquete a un vecino del destinatario, ausente de su domicilio, sin contar con su consentimiento.

El destinatario del paquete solicitado por internet presentó reclamación por ello ante la AEPD, ya que este proceder se realizó sin su consentimiento previo y expreso.

Considera que la responsabilidad de esa acción recae en la empresa de reparto, por más que la empresa de mensajería manifieste que es un prestador de servicios que cumple los servicios acordados con el vendedor bajo las condiciones previstas en el contrato suscrito entre ambos.

Según la empresa de mensajería, en dicho contrato se recoge, por un lado, la posibilidad de entrega del paquete al vecino en ausencia del destinatario; y por otro, la obligación del remitente del envío, el vendedor, de informar al destinatario debidamente sobre el tratamiento de sus datos en el marco de los servicios que ofrece la entidad reclamada.

No obstante, la AEPD ha considerado que la empresa de mensajería ha cedido los datos del reclamante a un tercero sin su consentimiento, lo que supone una vulneración de los principios de integridad y confidencialidad. El Reglamento general de protección de datos dice que los datos personales deben ser tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los mismos, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas.

Concluye que la responsabilidad de la empresa de mensajería no puede excluir su responsabilidad por las cláusulas contractuales expuestas, pues no ha acreditado que concurran los requisitos necesarios para ser considerado encargado del tratamiento. El hecho de tener firmado un contrato con el vendedor no le exime de responsabilidad, porque no se concreta si estamos ante un contrato de servicios o bien un contrato celebrado entre responsable y encargado del tratamiento de datos personales.

Nuestros abogados de derecho digital están a su disposición para defender sus derechos en el ámbito de protección de datos en España ante actuaciones contrarias a la normativa en dicha materia por las que se sienta perjudicado.

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