La creciente adopción de la tecnología, y en particular, de Internet aplicado a cualquier sector en cualquier parte del mundo representa una gran oportunidad de negocio en numerosas industrias, desde las finanzas y los servicios bancarios hasta la cadena de suministro y la atención médica, ya que, a través de ellas es posible desarrollar soluciones innovadoras y disruptivas.

Por ello, es crucial tener en cuenta la protección de la privacidad y seguridad de los ciudadanos en el ámbito digital, ya que esto es una pieza clave en el entorno actual, por ello, en este artículo, exploraremos las claves y aspectos más relevantes a tener en cuenta en relación con la última actualización que ha publicado la AEPD en su guía sobre el uso de las cookies (en adelante, “Guía sobre el uso de cookies” “Guía” o “guía”, indistintamente).

1)¿Qué es la Guía sobre el uso de las cookies?

En primer lugar, para evitar cualquier ápice de duda, las cookies son pequeños archivos de texto que se guardan en el dispositivo del usuario y contienen información sobre su interacción con el sitio web y son ampliamente empleadas en la industria de la publicidad en línea para personalizar los anuncios y mejorar la experiencia del usuario al navegar por su página web.

La Guía sobre el uso de cookies es un valioso recurso desarrollado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), cuyo objetivo primordial es proporcionar directrices claras y concisas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI), en relación con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 27 de abril de 2016, conocido como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), así como con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Esta guía se presenta como una herramienta fundamental para asegurar el adecuado manejo de las cookies y garantizar la protección de los derechos digitales en el entorno en línea.

Recientemente, el 11 de julio de 2023, la AEPD ha realizar una actualización y ha lanzado la última versión de su Guía sobre el uso de cookies con el objetivo de actualizar y adecuar sus criterios a las Directrices 03/2022 del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) sobre patrones engañosos en Redes Sociales, publicadas el pasado mes de febrero. Esta actualización, que cabe mencionar que no es la primera, promete tener un impacto significativo en la forma en que se gestionan las cookies y protege la privacidad en línea.

2) ¿Cuáles son las novedades más relevantes introducidas en la Guía?

Las principales novedades que se recogen en la Guía son las siguientes:

(i) Introducción del criterio en relación con la acción de aceptar o rechazar cookies, ya que es necesario que:

  • Se incluya en la primera capa informativa de las cookies. Este cambio representa una significativa relevancia, dado que hasta ahora, era aceptable según los criterios de la AEPD incluir un botón de configuración de cookies sin la necesidad de proporcionar directamente una opción explícita de rechazo.

  • Se presenten en el mismo lugar, nivel y formato destacados, es decir, que no sea más difícil rechazarlas que aceptarlas, impidiendo, por ejemplo, resaltar el botón de aceptar sobre el de rechazar, cambiar el tipo o tamaño de letra.

(ii) Modificación en las cookies de personalización, ya que:

  • Cuando es el propio usuario quién toma decisiones sobre este tipo de cookies, por ejemplo, el idioma, o la moneda a la hora de realizar el pago, la Guía determina que se consideran cookies técnicas, no requieren del consentimiento, siempre y cuando, no vayan a ser utilizadas para otras finalidades, tanto en esa sesión como en una futura.

  • Cuando es el editor quién toma decisiones sobre este tipo de cookies basándose en la información que obtiene del usuario, la Guía determina que deberá informar al usuario ofreciendo la opción de que se acepten o se rechacen las cookies, de forma que queden destacadas ambas opciones y también estará limitado a no utilizarlas para otras finalidades distintas de las informadas.

(iii) Modificación respecto a los muros de cookies, ya que, en la Guía anterior se matizaba que para que el consentimiento pudiera considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no podía estar condicionado a que el usuario consistiese el uso de cookie, por tanto, existían supuestos donde la no aceptación de las cookies suponía el impedimento al sitio web o el uso total o parcial del servicios, siempre que:

  • Se informase al usuario y
  • Se ofreciese una alternativa de acceso sin necesidad de aceptar las cookies.

Pues bien, en la nueva actualización de la Guía se expresa que esta alternativa no tendrá que ser necesariamente gratuita.

3) ¿Cuándo entra en vigor?

 Los nuevos criterios de la Guía deberán implementarse, a más tardar, el 11 de enero de 2024, estableciéndose así un periodo de adaptación desde su publicación de seis meses.

En conclusión, estas novedades son altamente relevantes para cualquier entidad que haga uso de cookies o tecnologías similares, ya es innegable la relevancia que tiene la privacidad en el entorno de Internet, así como la necesidad imperiosa de las empresas y organizaciones de implementar enfoques que garanticen la transparencia y el control requeridos por la normativa vigente recogidos en la última actualización de esta Guía, con el objetivo de lograr un sistema transparente en este ámbito, demostrando así su interés en salvaguardar tanto la privacidad de los usuarios como el desarrollo ético y sostenible en sus operaciones.

Desde Supra Legit, quedamos a su completa disposición para resolver las dudas que le puedan surgir, contando con profesionales expertos que les pueden asesorar en la materia.Para cualquier consulta no dude en contactarnos:

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